Propiedad intelectual

La propiedad intelectual es la rama del derecho que se relaciona con las creaciones únicas de la mente y tiene dos grandes vertientes: propiedad industrial y derechos de autor

Propiedad Industrial

En lo que respecta a esta área, se busca proteger la propiedad industrial, prevenir actos que atenten contra ella, evitar la competencia desleal y fomentar la actividad inventiva a través de:

  • Registro de Marcas: ¿tienes un producto u ofreces un servicio? Realizamos el trámite de registro de tu marca para protegerla ante tus competidores y clientes y darle un aspecto único a tu negocio. Realizamos un estudio de disponibilidad de marca y llevamos a cabo todo el proceso de solicitud para que no se preocupen por algo.

  • Avisos de uso: si ya cuentas con una marca, hay que dar aviso del uso de la marca y evitar que se pierda el registro y quede disponible el nombre para otro registro.

  • Diseños industriales: si te dedicas al diseño industrial de modelos o dibujos, proteger tus proyectos es algo fundamental en tu carrera.

  • Secretos industriales: recetas únicas o información sensible de tu producto, se pueden proteger ante la autoridad competente.

  • Licencias de uso: como titular de tu marca, podrás conceder a una persona o más, mediante un contraro la utilización y explotación de tu marca.

  • Solución de controversias en materia intelectual: En caso de surgir alguna conficto en el trámite, ofrecemos servicios jurídicos para proteger los derechos de nuestro cliente.

Derechos de autor

Con la protección de la obra, el autor tiene el derecho a ser reconocido como tal, decidir cómo divulgar su obra, ceder los derechos patrimoniales, otorgar licencias de uso y oponerse a cualquier deformación o mal uso de la obra.

Para proteger la obra, realizamos una solicitud ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor (INDAUTOR), previo pago de aprovechamientos y con un ejemplo de la obra a proteger, para después del estudio necesario otorgar la protección debida; así como la elaboración de contratos para la cesión de derechos para que alguien más que desee explotar la obra y los derechos conexos.

Las obras que se pueden proteger son aquellas de creación original susceptibles a ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio, como son:

  • literarias
  • musicales (con o sin letra)
  • dibujos
  • esculturas
  • fotografías
  • programas de cómputo
  • aplicaciones entre otras.