SM VISIÓN LEGAL, se encuentra integrada por profesionistas que durante su trayectoria han actuado conforme a principios y valores que los han posicionado como profesionales del derecho con prestigio, actuando en todo momento con lealtad, veracidad y honradez para con sus clientes como ante los Tribunales, dependencias y en general, ante cualquier autoridad o persona (física o moral) ante quienes desarrollan sus actividades. Es vital para SM VISIÓN LEGAL que tanto sus conocimientos técnicos como la ética que los ha distinguido, se siga proyectando en el presente y en lo futuro, a find e que la reputación de que se goza actualmente se mantenga y aumente a un mediano y largo plazo.
El presente Código de Ética tiene por objeto regular el comportamiento y la forma en que, deben conducirse, todos y cada uno de los miembros de SM VISIÓN LEAL, ya sea socios fundadores, socios industriales, pasantes y, en general, cualquier persona que llegue a laborar o practicar para SM VISIÓN LEGAL o fungir como parte de nuestras alianzas, siendo de observancia obligatoria, al interior y exterior de las instalaciones, pues los valores instituidos en el presente no solo rigen la conducta en el centro de trabajo sino en cualquier lugar en donde se presten y desarrollen las actividades inherentes a los servicios profesionales que se prestan.
Toda persona que tenga una relación laboral, de pasantía, de alianza, de cliente, etc., con SM VISIÓN LEGAL, deberá estarse a lo siguiente:
1. Cumplimiento del Código de Ética.
Se deberá conocer la totalidad del presente Código de Ética y cumplir con los valores y principios éticos acá contenidos, actuando en todo momento de manera apegada a los mismos, debiendo incluso vigilar por el exacto cumplimiento del mismo por parte de todas aquellos que guarden una relación con SM VISIÓN LEGAL, debiendo denunciar al Órgano Interno de Control, del incumplimiento o duda de su cumplimiento, que en su caso exista, ya sea por parte de algún cliente, probable cliente o por algún integrante de SM VISIÓN LEGAL.
Por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia se podrá quebrantar el presente Código, salvo que exista una causa de fuerza mayor, el cumplimiento a alguna disposición legal, lograr el cumplimiento contractual o alguna otra análoga que implique, la quebrantación justificada de algún principio y valor contenido en este Código.
2. Confidencialidad.
Con independencia del deber de la secrecía que nuestra profesión implica, uno de los pilares de nutro actuar se basa en no revelar la información que nuestros clientes nos han brindado con motivo de una consultoría, asesoría o seguimiento de un juicio o procedimiento administrativo, siempre y cuando la información que nos haya sido brindada no deba ser empleada para lograr el propósito y éxito de nuestros servicios y cuando, por disposición normativa y exigencia de la ley, deba ser compartida.
Para lograr el fin de nuestros servicios, la información confidencial podrá ser empleada y compartida entre todas las personas de SM VISIÓN LEGAL que, por su especialización y/o asignación de asuntos, deban conocer. Para el caso de que el cliente, decida que la información confidencial proporcionada no sea compartida con algún otro miembro de nuestra firma o alianzas diversos a los encargados del asunto, se deberá indicar ello por escrito debidamente firmado. En caso de no existir oposición alguna al respecto, se tendrá por consentido la transmisión de la información confidencial en términos de lo acá expuesto.
En todo momento se compartirá parte de la información confidencial (nombre del cliente, así como de aquella persona (física o moral), dependencia, etc., con quien se tenga el conflicto), a fin de conocer, si, entre los clientes de los miembros de la firma, existe o no algún conflicto de intereses. Toda vez que esta firma cuenta con alianzas, para el caso de que, llegare a existir conflictos de intereses entre nuestro cliente y algún cliente de la alianza, SM VISIÓN LEGAL, informará de ello a nuestro cliente para que éste, exprese por escrito, si está conforme en continuar con nuestros servicios o no, comprometiéndose en todo caso SM VISIÓN LEGAL, a no compartir dicha información con la alianza de que se trate.
Si el propio cliente hace pública su información, la información dejará de tener el carácter de confidencial, aconteciendo lo mismo si dicha información es proporcionada públicamente por terceros. Una vez concluida la relación contractual que se tenga con nuestros clientes, la confidencialidad subsistirá por lo que, no usaremos la misma en beneficio de cualquier persona.
3. Capacitación técnica.
Todas los profesionistas que formen parte de SM VISIÓN LEGAL, ya sea laboral, de pasantía o de alianza, deberán, a fin de garantizar un servicio de prestigio y calidad, mantenerse actualizados mediante cursos, diplomados, maestrías y en general, cualquier forma de lograr una formación académica para poder actuar con conocimiento y pericia en los temas de su especialización.
4. Lealtad.
Los miembros de SM VISIÓN LEGAL, deberán desempeñar su profesión con transparencia y honestidad, salvaguardando los intereses de los clientes y asuntos que les han sido asignados, mediante un actitud apegada a este Código de Ética y esmero mediante mecanismos de legalidad.
Aquellas personas (pasantes, socios, aliados, etc.) que tengan relación con clientes de SM VISIÓN LEGAL, deberán respetar que los clientes son de SM VISIÓN LEGAL, por lo que preferentemente deberán ser atendidos en las instalaciones de esta firma y, en caso contrario, se abstendrán de hacer publicidad mediante el empleo de elementos sonoros, visuales y/o de cualquier otra índole, respecto de sus servicios como propios y ajenos a los servicios de SM VISIÓN LEGAL.
En el actuar de los miembros de SM VISIÓN LEGAL, (socios, asociados, pasantes) no se deberán anteponer intereses particulares por encima de los intereses de los clientes ni de la firma misma.
5. Honestidad
En cada uno de los servicios que presten, se deberá decirle a cada cliente con veracidad la situación legal en la que se encuentre, debiendo demostrarle fehacientemente el sustento legal del asesoramiento brindado, para que éste, con pleno conocimiento de los pros y contras, se opte por la decisión que él decida o la que más le convenga, siempre en base a la realidad en la que se encuentra.
Los clientes, se comprometen a proporcionar toda la información que se tenga respecto del tema por el cual requieran nuestros servicios, obligándose a que los documentos e información que se entregue sea fidedigna. En caso de que, nos sea proporcionada información o documentación falsa, SM VISIÓN LEGAL, renunciará al patrocinio y procederá conforme a la normatividad aplicable.
El cobro de los honorarios siempre será tasado en base al trabajo hora realizado
6. Compartir Experiencia.
Los miembros de SM VISIÓN LEGAL, deberán compartir entre ellos, la experiencia profesional, material didáctico y conocimientos que tengan con la finalidad de proporcionar servicios de calidad y fomentar internamente la formación intelectual de los miembros.
7. Respeto.
En todo momento las personas que en nombre y representación de SM VISIÓN LEGAL, tengan comunicación con clientes, aliados, autoridades, terceros, etc., deberán actuar de forma educada, inteligente, empática y ecuánime, debiendo siempre aceptar y entender las maneras de pensar y actuar de las demás personas.
8. No discriminación.
Las personas (pasantes, socios, aliados, etc.) que tengan relación con clientes de SM VISIÓN LEGAL, deberán de abstenerse de realizar acciones, expresiones, manifestar palabras o cualquier acción física o verbal, en contra de cualquier otra persona en razón de, manera enunciativa mas no limitativa, sus preferencias sexuales, discapacidades, creencias religiosas, sexo, edad, educación, idioma, creencias políticas y nivel socioeconómico.
En razón de lo expuesto, SM VISIÓN LEGAL, pone a disposición de cualquier interesado sus servicios sin discriminación alguna.
9. Comunicación.
El cliente siempre podrá estar en contacto directo, ya sea presencial, telefónicamente, por correo electrónico o virtualmente, con el abogado asignado a su asunto, dentro del horario que se fije en el contrato de prestación de servicios profesionales, con las excepciones que del mismo se detallen.
10. Transparencia.
El cliente siempre tendrá un informe actual de su asunto en los términos pactados o cuando éste lo solicite a través de los medios.
11. Representación Diligente.
Nuestros servicios serán proporcionados a nuestros clientes en estricto apego a este Código de Ética y con el mayor esmero, eficacia y eficiencia dentro del marco de legalidad y en contra de cualquier acto de corrupción y cualquier otro comportamiento que vaya en contra de los valores consignados en el presente.
En ocasiones y dadas las circunstancias peculiares del caso, sucede que nuestros servicios son proporcionados previamente sin la celebración de un contrato escrito, no obstante ello, nuestro actuar siempre será apegado a este Código haciendo del conocimiento de ello a nuestros clientes verbalmente poniéndoles a la vista el presente por cualquier medio, sea impreso o electrónico. Se entenderá que nuestros clientes aceptan el presente Código para su conducta y la nuestra, por el hecho de que algún miembro de SM VISIÓN LEGAL o de sus alianzas, preste a su favor algún servicio en su beneficio.
Nuestro clientes y alianzas deberán regir su actuar conforme a los principios de este Código y a valores análogos al mismo, por lo que nuestros servicios serán prestados siempre y cuando se acepte actuar conforme a lo expuesto en el presente.